Elegibilidad para beneficios de cuidado infantil

Para ayudar a los padres que trabajan a conciliar sus responsabilidades laborales y familiares, los Fondos de Cuidado Infantil (CCF) le ayudan a acceder a programas de cuidado infantil y de jóvenes de alta calidad y asequibles.
Para ser elegible para los beneficios del CCF, su empleador debe contribuir a uno de los 1199SEIU Fondos. Seleccione su fondo a continuación para consultar los requisitos de elegibilidad y ver si su empleador participa.
Para obtener más información sobre la elegibilidad o distribución de los beneficios del Fondo de Cuidado Infantil, consulte su Resumen de la descripción del plan.
Fondo de Cuidado Infantil (Fondo Nacional de Prestaciones)
¿Es usted elegible para recibir los beneficios del Fondo de Cuidado Infantil?
Por lo general, usted es elegible para recibir beneficios a través del Fondo de Cuidado Infantil (CCF) si:
- Están empleados a tiempo completo o parcial (dos quintos de una semana laboral) en una empresa participante. 1199SEIU institución o forman parte de una unidad de negociación colectiva que contribuye al CCF;
- Haber cumplido el período de prueba de 90 días en su lugar de trabajo;
- Haber pagado todos los saldos de copagos anteriores y los costos de beneficios del CCF sujetos a impuestos;
- No están recibiendo compensación laboral, discapacidad a corto plazo o licencia familiar paga del estado de Nueva York por más de 26 semanas combinadas;
- Son legalmente responsables (por nacimiento o adopción) de los niños entre el nacimiento y los 17 años de edad; y
- Complete una solicitud de programa; proporcione prueba de empleo y de dependencia de los niños; y envíe toda la documentación requerida antes de la fecha límite de inscripción, generalmente el 31 de octubre.Visite nuestra página de registro (para obtener información sobre los programas y ver la fecha límite de este año).
Para obtener más información sobre la elegibilidad o la distribución de beneficios, consulte su Resumen de la descripción del plan o ponte en contacto con nosotros en contact@setupad.com. CCFReg@1199Funds.org or (212) 564-2220.
Compruebe si su institución es un empleador participante
También recomendamos que revise las pautas de registro antes de solicitar beneficios.
Fondo de cuidado infantil del Gran Nueva York
¿Es usted elegible para recibir beneficios de cuidado infantil?
Por lo general, usted es elegible para recibir beneficios a través del Fondo de Cuidado Infantil (CCF) si:
- Están empleados a tiempo completo o parcial (tres quintos de una semana laboral) en una empresa participante. 1199SEIU institución o forman parte de una unidad de negociación colectiva que contribuye al CCF;
- Haber cumplido el período de prueba de 90 días en su lugar de trabajo;
- Haber pagado todos los saldos de copagos anteriores y los costos de beneficios del CCF sujetos a impuestos;
- No están recibiendo compensación laboral, discapacidad a corto plazo o licencia familiar paga del estado de Nueva York por más de 26 semanas combinadas;
- Son legalmente responsables (por nacimiento o adopción) de los niños entre el nacimiento y los 17 años de edad; y
- Complete una solicitud de programa; proporcione prueba de empleo y de dependencia de los niños; y envíe toda la documentación requerida antes de la fecha límite de inscripción, generalmente el 31 de octubre.Visite nuestra página de registro (para obtener información sobre los programas y ver la fecha límite de este año).
Para obtener más información sobre la elegibilidad o la distribución de beneficios, contáctenos en CCFReg@1199Funds.org or (212) 564-2220.
Compruebe si su instalación es un empleador participante
También recomendamos que revise las pautas de registro antes de solicitar beneficios.
Fondo de Educación, Niños y Cuidado de Ancianos de la Ciudad de Nueva York
¿Es usted elegible para recibir los beneficios del Fondo de Cuidado Infantil?
Por lo general, usted es elegible para recibir beneficios a través de 1199SEIU/Fondo de Educación, Niños y Cuidado de Ancianos de la Ciudad de Nueva York si:
- Están empleados a tiempo completo o parcial (un mínimo de 70 horas en un ciclo de 28 días) en una empresa participante. 1199SEIU agencia/instalación o son parte de una unidad de negociación colectiva que contribuye al Fondo de Cuidado Infantil (CCF);
- Haber cumplido el período de prueba de un año en su lugar de trabajo;
- No estén recibiendo compensación laboral por más de 26 semanas;
- Son legalmente responsables (por nacimiento o adopción) de los niños entre el nacimiento y los 17 años;
- Haber pagado todos los saldos de copagos anteriores y los costos de beneficios del CCF sujetos a impuestos; y
- Complete una solicitud de programa; proporcione prueba de empleo y de dependencia de los niños; y envíe toda la documentación requerida antes de la fecha límite de inscripción, generalmente el 31 de octubre.Visite nuestra página de registro (para obtener información sobre los programas y ver la fecha límite de este año).
Para obtener más información sobre la elegibilidad o distribución de los beneficios de cuidado infantil, contáctenos en CCFReg@1199Funds.org or (212) 564-2220.
También recomendamos que revise las pautas de registro antes de solicitar beneficios.