Usted puede calificar para un beneficio de pensión por discapacidad si cumple con todos los siguientes requisitos:
- Tiene una Incapacidad Total y Permanente, confirmada por su aprobación de los beneficios por Incapacidad del Seguro Social de la Administración del Seguro Social, y continúa siendo elegible para estos beneficios;
- Usted tenía derechos adquiridos cuando ocurrió la incapacidad total y permanente;
- La condición o evento que dio lugar a su Incapacidad Total y Permanente ocurrió en o antes de su último día de trabajo en una Categoría de Trabajo Cubierta; y
- Su empleo cubierto finalizó como resultado de esa condición o evento.
Su beneficio de pensión por incapacidad se pagará en un monto igual a la Pensión Vitalicia Directa sin opción de Sobreviviente. Consulte la Sección VI para obtener una explicación de las opciones de pensión.
Un beneficio de pensión de invalidez no es automático. Debe solicitar al Fondo de Pensiones este beneficio. Además, es posible que el Fondo de Pensiones le exija volver a certificar que continúa calificando para recibir beneficios por incapacidad a través de la Administración del Seguro Social. Para obtener más información, comuníquese con el Fondo de Pensiones.
Su beneficio de pensión por incapacidad generalmente comenzará en la fecha de vigencia de sus pagos por incapacidad del Seguro Social. Sin embargo, si no solicita una pensión por discapacidad, puede solicitarla más tarde y aún ser elegible para recibir beneficios retroactivos hasta dos años antes de presentar su solicitud de beneficios de pensión por discapacidad ante el Fondo de Pensiones. Tenga en cuenta, sin embargo, que no puede recibir más de dos años de beneficios de pensión por discapacidad retroactiva. — sin importar cuántos años transcurran entre la fecha efectiva de sus pagos por discapacidad del Seguro Social y la fecha en que presente su solicitud para el beneficio de pensión por discapacidad ante el Fondo de Pensiones. Si recibe beneficios semanales por discapacidad del 1199SEIU National Benefit Fund o pagos de Compensación al Trabajador, su beneficio de pensión por discapacidad a través del Fondo de Pensiones no comenzará hasta que se hayan agotado dichos beneficios hasta un máximo de 26 semanas.
Si necesita beneficios de pensión antes de su discapacidad Comienza la pensión
Puede solicitar que se le pague una pensión de jubilación anticipada, si es elegible, mientras espera la aprobación de su beneficio por Incapacidad del Seguro Social. Cuando se le apruebe el beneficio por Incapacidad del Seguro Social, su pensión de jubilación anticipada se convertirá en un beneficio de pensión por incapacidad a partir de la fecha de vigencia del Seguro Social por Incapacidad. Se aplica el límite de retroactividad de dos años descrito en la página anterior.
Si eligió una prestación de supervivencia posterior a la jubilación para su pensión de jubilación anticipada, ésta se convierte en vacío una vez que su pensión se convierta en un beneficio de pensión por discapacidad. Esto significa, por ejemplo, que si al momento de solicitar su beneficio por incapacidad del Fondo de Pensiones, estaba recibiendo un beneficio de jubilación anticipada bajo una Pensión de Sobreviviente Conjunta y 100% con su Cónyuge como Beneficiario, esta pensión se convertirá automáticamente en una pensión por incapacidad pagadera bajo un Plan Directo. Pensión Vitalicia con opción Sin Sobreviviente, que le paga una cantidad mensual más alta. Si muere mientras recibe un beneficio de pensión por discapacidad, su cónyuge será elegible para recibir una opción de prejubilación del 50% después de haber presentado una solicitud. Consulte la Sección VII para obtener más información.
Cuando cumplas 65 años, debes solicitar una “Normal Pensión de retiro"
Continuará recibiendo un beneficio de pensión por incapacidad hasta los 65 años, siempre y cuando siga calificando para los pagos por incapacidad del Seguro Social. De tres a seis meses antes de cumplir 65 años, deberá ponerse en contacto con el Fondo de Pensiones para solicitar una pensión de jubilación normal. Tenga en cuenta que la conversión a una pensión de jubilación normal no se producirá automáticamente. Tendrá que completar un formulario de solicitud de pensión para la pensión de jubilación normal, incluida la obtención del consentimiento del cónyuge, si corresponde. Si su pensión por Incapacidad del Seguro Social se suspende o finaliza antes de los 65 años, ya no será elegible para recibir un beneficio de pensión por incapacidad del Fondo de Pensiones. Si esto sucede, debe comunicarse con el Fondo de Pensiones para ver si puede tener derecho a una pensión de jubilación anticipada.
NOTA: Si ha solicitado y es elegible para recibir beneficios semanales por discapacidad del 1199SEIU National Benefit Fund o pagos de compensación para trabajadores por hasta un máximo de 26 semanas, es posible que no reciba pagos de pensión de jubilación normales, anticipadas o por discapacidad hasta el primero del mes siguiente a la fecha de vencimiento de ese beneficio.
Debe solicitar con prontitud una pensión de invalidez. No se pueden realizar pagos retroactivos por ningún período superior a dos años antes de la fecha en que presente su solicitud de pensión por discapacidad ante el Fondo.