Entendiendo su pensión como miembro del Fondo Nacional de Beneficios

Empecemos por lo básico. Tienes preguntas sobre tu pensión, ¡y nosotros tenemos las respuestas! Lee las siguientes preguntas frecuentes para saber cómo generar y cobrar tu pensión:

Ganando su pensión

P: ¿Cómo puedo ganar una pensión?

A: Cuando trabajas en una 1199SEIU posición de unidad de negociación para un empleador que contribuye al Fondo de Pensiones (un “empleador contribuyente”), usted está trabajando para obtener una pensión.

Los miembros adquieren derechos en el Fondo de Pensiones después de cinco años de servicio acreditado y/o servicio adquirido.* Consulte la Descripción Resumida del Plan (SPD) para obtener información más detallada.

Además, es posible que haya trabajado para su empleador antes de que este comenzara a cotizar al Fondo de Pensiones. En este caso, es posible que haya acumulado "Servicio Pasado Acreditado"** por cada mes trabajado, antes de que su empleador comenzara a realizar pagos al Fondo.

*Si fue contratado a partir del 1 de octubre de 2018, tendrá un año de retraso para obtener créditos de servicio. Esto no afectará los créditos de adquisición de derechos ni se aplica a los miembros que cambien de trabajo después de esa fecha.

**No se proporciona servicio anterior acreditado si fue contratado por primera vez en un puesto de unidad de negociación después del 31 de julio de 2009, excepto en circunstancias limitadas.

P: ¿Cuándo tengo derecho a una pensión?

A: Por lo general, una vez adquiridos los derechos (ver más arriba), usted tiene derecho a una pensión cuando decide jubilarse después de los 55 años.

P: Si cambio de trabajo a otro empleador contribuyente, ¿qué pasa con mi pensión?
A: Si dejas tu trabajo y vas a trabajar para otro 1199SEIU empleador contribuyente, su plan de pensión es "portable". Sigue ganando créditos de pensión mientras trabaje en un 1199SEIU Puesto de unidad de negociación cubierto por el Fondo de Pensiones.
P: Si dejo de trabajar para un empleador contribuyente, ¿qué pasa con mi pensión?
A: Si ha trabajado menos de cinco años y deja de trabajar para un empleador contribuyente, no tiene derechos adquiridos y podría perder sus créditos de pensión. Para conservarlos, debe volver a trabajar para un empleador contribuyente dentro de un plazo determinado. Llame al Fondo de Pensiones al (646) 473-8666 (si vive fuera de la ciudad de Nueva York, llame al [800] 892-2557) para obtener más información sobre "Interrupciones en el Servicio" o consulte su... Descripción resumida del plan (SPD)Si ha trabajado cinco años al 30 de junio de 1989, tiene derecho a pensión. Esto significa que tiene derecho garantizado a una pensión al jubilarse, independientemente de dónde trabaje después de adquirirla.
P: ¿Qué sucede si muero antes de comenzar a cobrar mi pensión?
A: Su cónyuge está automáticamente protegido en caso de que usted muera antes de jubilarse, si usted:
  • Están investidos; y
  • Están todavía casados ​​en el momento de su muerte.